.
Deducción por adquisición de vivienda habitual cuando se cancela y se contrata en el mismo acto un nuevo préstamo en el IRPF
Un contribuyente, que viene aplicando la deducción por inversión en vivienda habitual, le ofrece su entidad bancaria la posibilidad de mejorar las condiciones del préstamo y cancelarlo para contratar uno nuevo.
La cuestión es si, después de realizar esta operación de cancelación y contratación de préstamo, seguirá teniendo derecho a deducir por adquisición de vivienda por las cantidades que amortice o pague respecto del nuevo préstamo.
La Dirección General de Tributos establece que, si la operación financiera se realiza en un mismo acto, es decir, si de forma simultánea se cancela y se firma el nuevo contrato de préstamo, los gastos que se generen con motivo de la cancelación del préstamo y la constitución del nuevo tendrán la consideración de deducibles.
DGT V0030-23, de 16 de enero de 2023
Fuente: REAF