Sentencia T.S. (Sala 3) de 23 de diciembre de 2010
RESUMEN:
Devolución del IVA: La caducidad del derecho a compensar las cuotas no conlleva la caducidad del derecho a la devolución. Procede. Principio de neutralidad del IVA: Se garantiza permitiendo la recuperación de las cuotas no compensadas cuando ha caducado el derecho a compensarlas.
Esta Sentencia del Tribunal Supremo, de 23 de diciembre de 2010, junto con la muy conocida de 4 de julio de 2007 y la de 24 de noviembre de 2010, sienta jurisprudencia respecto al plazo para solicitar la devolución de cuotas de IVA soportado.
El Alto Tribunal considera que procede la devolución de las cuotas soportadas, que se han ido declarando a compensar sin cuotas repercutidas suficientes, aunque haya transcurrido el plazo máximo legal de compensación.
Fuente: REAF