Archivo | junio, 2010

Con respecto al Modelo 303 de IVA

27 Jun

Con respecto a la presentación del Modelo 303 de IVA

1- En primer lugar, recordar que la Ley 26/2009, de Presupuestos Generales del Estado para 2010, modificó los tipos general y reducido del Impuesto sobre el Valor Añadido con efectos a partir del 1 de julio, de forma que el tipo general pasa del 16% al 18% y el tipo reducido pasa del 7% al 8%, sin que se haya producido alteración alguna en relación con los tipos del recargo de equivalencia.

A este respecto se realizan las siguientes consideraciones:

a) En las autoliquidaciones de IVA correspondientes a los períodos iniciados desde julio de 2010  (correspondientes al mes 07 ó al 3 T ) , se puede dar la situación de que en un mismo período de liquidación hayan de reflejarse operaciones gravadas según los nuevos tipos impositivos ( 18% , 8% ) junto con otras devengadas en períodos anteriores y a las que les sean de aplicación los tipos vigentes hasta el 30 de junio (por ejmplo supuestos de modificación de base imponible, regularización de ventas en régimen de viajeros, regularizaciones del artículo 89.5 LIVA, etc. a los que se les aplica los tipo del 7% ó 16%).

En estos supuestos deberá consignarse en las casillas 01 y 04 la suma algebraica de las bases imponibles. De igual forma se procederá con las casillas correspondientes a las cuotas devengadas.

En cuanto a las casillas relativas a los tipos impositivos, se consignará el tipo resultante del cociente entre la cuota y la base imponible declaradas, cualquiera que sea el resultado y si este cociente no da un número entero, se hará constar los dos primeros decimales del número resultante.

Ejemplo: IVA general al tipo del 18 % (anterior del 16%)

        Base imponible del 3T  = 40.000€
        Modificación base imponible créditos incobrables de períodos anteriores(-20.000€)
        Cuota = 40.000 x 0,18 – 20.000 x 0,16= 4.000€
        Tipo medio = 4.000/20.000=20 %

Cumplimentación del modelo :

        Casilla 01: 20.000 (40.000-20.000)
        Casilla 02: 20%  ( 4.000 / 20.000)
        Casilla 03: 4.000

b) Se recuerda que los pagos anticipados realizados con anterioridad a 1 de julio de 2010 correspondientes a operaciones cuya realización efectiva  tenga lugar después de esa fecha determinarán, en la proporción correspondiente a dichos pagos anticipados, el devengo del impuesto calculado a los tipos impositivos vigentes cuando se efectúen los mencionados pagos, siempre que los bienes o servicios a que se refieran estén identificados con precisión.

c) En las operaciones de tracto sucesivo o continuado (arrendamientos, suministros,..) con carácter general el devengo de la operación se produce en el momento en que resulte exigible la parte del precio que corresponde a cada percepción, de conformidad con el artículo 75.Uno.7ª de la Ley 37/1992, del IVA.

Por consiguiente en las mencionadas operaciones, se realizará la  repercusión del IVA a los nuevos tipos impositivos cuando la exigibilidad de las mismas se produzca  a partir del 1 de julio de 2010, aunque se correspondan con un período anterior  a dicha fecha.

Es cierto que estas operaciones pueden documentarse con anterioridad mediante la expedición, a efectos meramente contables, de documentos en los que se reflejen los  importes resultantes de la cuantificación de dichas  operaciones, si bien en ningún caso tendrán la consideración de facturas ( que, por regla general, se expedirán  en el momento de realizarse las operaciones) por lo que las cuotas consignadas en los citados documentos no determinarán ingreso alguno por IVA ni, consecuentemente, resultarán deducibles  hasta que se produzca el devengo del impuesto ( como se ha indicado a partir del 1 de julio de 2010).

Es por este motivo el que en las autoliquidaciones modelo 303 correspondientes al 1 T  ó  2 T de 2010 ó a los meses 01 a 06 de 2010 no se puedan  consignar  bases  ni cuotas a  los nuevos tipos impositivos del 18% ó 8%.  
 
Ejemplo: Arrendamiento del mes de mayo de 2010 que según contrato es pagadero a los 60 días de la finalización del mes (en este caso el 30 de julio de 2010).

Aunque se consigne un documento contable fechado en el mes de mayo que indique la cantidad debida por el arrendamiento de dicho mes, la factura no se emitirá hasta el 30 de julio y el tipo impositivo será del 18%. No será objeto de declaración en el mes 05 ó 2T de 2010, sino que será declarado en el mes 07 ó 3T de 2010.

d) Por último, se ha de indicar que, a lo largo del año 2010 está previsto publicar una Orden Ministerial que apruebe un nuevo modelo 390-resumen anual en el que se incluirán nuevas casillas que permitan declarar separadamente las operaciones realizadas durante todo el ejercicio, desglosándolas en función del tipo impositivo al que efectivamente han sido gravadas.

2.- Por otra parte, las modificaciones introducidas por la normativa comunitaria en el ámbito del Impuesto sobre el Valor Añadido, han exigido aprobar un nuevo modelo recapitulativo de operaciones intracomunitarias, modelo 349 en el que se amplía el contenido de la declaración, incluyendo la información correspondiente a las prestaciones intracomunitarias de servicios.

La calificación de determinadas operaciones como prestaciones o adquisiciones intracomunitarias de servicios no altera, sin embargo,  la forma en que deben de declararse en el modelo 303. De este modo:

        Si una operación de prestación de servicios, realizada por un empresario o profesional establecido en otro Estado miembro, se localiza en el territorio de aplicación del Impuesto y se produce la inversión del sujeto pasivo (adquisición intracomunitaria de servicios), dicha operación se declarará como se venía haciendo hasta ahora, es decir, se incluye como IVA devengado en las casillas 01 a 09, según corresponda, y como IVA deducible en las casillas 22 y 23 o 24 y 25. Por tanto, en las casillas 19 y 20 se incluirán solamente las adquisiciones intracomunitarias de bienes.

        En el mismo sentido, una operación de prestación de servicios realizada por un empresario o profesional establecido en el territorio de aplicación del Impuesto que se localiza en otro Estado miembro es una operación no sujeta que debe consignarse exclusivamente en la casilla 44  del modelo 303 (operaciones no sujetas o con inversión del sujeto pasivo que originan el derecho a deducción).

Irresponsabilidad temeraria

23 Jun

Irresponsabilidad temeraria

Los mejores profesionales, sean médicos, ingenieros, periodistas, expertos en tecnología, empresarios, investigadores, etc., se caracterizan por su permanente puesta al día. Saben que, si no estudian y se renuevan, la obsolescencia les aqueja dejándolos en fuera de juego.

Hay otros oficios o actividades que están menos dispuestos a lo ignoto. La Universidad, y lo digo con pesar, recinto del saber y del aprendizaje, muestra una pereza y atonía contraproducentes. Probablemente, la política ofrezca la brecha más dramática entre realidad y respuesta. Las ideologías se pegan a la piel impidiendo que broten espontáneos aires de cambio y transformación. Un ejemplo. La ONU se constituye en 1945 para el viejo mundo que nace después de la Segunda Guerra Mundial. El planeta, 65 años después, poco se parece al de entonces, pero la gigantesca maquinaria de Naciones Unidas sigue funcionando con sus mismos órganos y procedimientos. Leyes caducas y mentalidades amortizadas son un profundo y oscuro pozo donde muere el futuro. A este respecto, la CEOE y los sindicatos están alcanzando cimas delirantes.

Encerrados en una visión paleolítica y antagónica de la empresa, se burocratizan y autojustifican de espaldas a una sociedad que quiere, puede y debe ir a otro ritmo. Lo de estas últimas semanas es de traca. Negocian un acuerdo sobre la reforma laboral como si se pudieran permitir el lujo de no alcanzarlo. El país camino de la suspensión de pagos, financiándose en el exterior a tipos de interés cada vez más altos, España ya no es una marca fiable, y ahí siguen, buscando un consenso de mínimos urdido por la desconfianza y el descrédito.

La convocatoria y amenaza de huelga general –¡que viene el coco, como en la infancia!– si no fuera una grave irresponsabilidad, es para echarse a reír. ¿A quién defienden y representan tan apasionadamente los sindicatos? ¿A los casi 5 millones de parados, víctimas de un modelo laboral periclitado? ¿A los profesionales que con cuarenta y pico años se tienen que reinventar como autónomos, enfrentados a un mercado que te encajona en años y funciones que no volverán?¿ A la pequeña y mediana empresa, pulmón valeroso y abandonado? ¿A los emprendedores que se resisten a dimitir de sus sueños y pugnan por despegar? ¿A los funcionarios que saben que el patio no está para bollos? ¿A los jóvenes, condenados a la explotación de su tierna mano de obra, olvidados en el vetusto colchón familiar, única red que los sostiene?

Siguen aferrados a sus símbolos y tradiciones, rindiendo pleitesía y devoción a sus particulares santos, despotricando como adolescentes de papá Estado mientras éste, solicito y complaciente, les da la paga de la semana. Es de risa, no nos queremos enterar. El país está en la UVI y aquí seguimos discutiendo mientras el enfermo luce cada vez peor. Si algo te quita la crisis, es tiempo, y es justo lo que no tenemos. En una economía global e interdependiente, dígale a quienes te prestan y financian tus alegrías que sigan esperando, que tengan paciencia. Ya, ya, muchos no conocen las reglas del juego. Vivimos de prestado y, ahí fuera, le han visto las orejas al lobo, exigen nuevas garantías.

Digo todo esto sin renunciar un ápice a mi ideal de empresa humanista consagrada a la noble tarea de generar riqueza, desde el talento y la creatividad, y distribuirla con criterios de justicia y solidaridad. Para que esa empresa sea sensible a los valores y necesidades de sus gentes, deberá ser productiva, ágil, independiente, eficiente, sobria, rentable, flexible y libre, y si no, no será. Murió por mastodóntica, burocrática, lenta y politizada, rezará su certificado de defunción.

Y, a todas estas, un Gobierno autista y diletante desiste de coger el timón y poner el país rumbo a otros horizontes menos borrascosos. También es verdad que el capitán del barco no hizo ni caso de los pronósticos meteorológicos que anunciaban tormenta y, ahora, en pleno huracán, sigue pensando que escampará. Un consejo. Respire hondo, mantenga la calma, póngase el chaleco salvavidas, observe dónde están los botes y, cuando toque darse un chapuzón, dé con energía sus mejores brazadas. La costa espera despejada.

Por: Santiago Álvarez de Mon, profesor del IESE
Fuente: Expansión

Conferencia-Taller (Segmentacion)

22 Jun

El dia 24 de junio, hablaremos de segmentación de mercados en la Fundación de Economñía Global, en Zaragoza.

Boletin Fiscal Junio 2010

16 Jun

Sobre el Impuesto de Sociedades y cambio de Iva

2010_junio

(Os dejo este archivo por gentileza del REAF)

Empieza la libertad

14 Jun

Articulo de Salvador Sostres en el diario El Mundo (13/06/2010) en referencia a la esperada reforma laboral

Empieza la libertad

Taller sobre segmentacion

11 Jun

El próximo dia 24 de junio, la Fundacion de Economía Global ha preparado un SEMINARIO-TALLER: CÓMO CONSEGUIR UNA HISTORIA DE AMOR DURADERA CON LOS CLIENTES. SEGMENTACIÓN.
Os pase el enlace:
http://fundacioneconomiaglobal.es/?page_id=35

La inscripccion es GRATUITA, pero las plazas están limitadas a 12 personas, ya que se trata de un taller.

MODIFICACIÓN DE TIPOS EN IVA

9 Jun

MODIFICACIÓN DE TIPOS EN IVA  (REAF)

 El 1 de julio los tipos de IVA vigentes en la actualidad,  del 7 y 16%, pasarán a ser, respectivamente, del 8 y 18%, permaneciendo invariable el tipo superreducido del 4 por ciento.

 Esta modificación puede ocasionar algunas dudas que la Dirección General de Tributos ha intentado aclarar en diferentes contestaciones a consultas vinculantes: V0602, V0603, V0644, V1006, V1033, V1035, V1055, V1056 y V1057, todas de 2010.

 Entregas de bienes

 – El tipo aplicable, como en todos los demás hechos imponibles, vendrá determinado por el devengo, que en este caso es la fecha de puesta a disposición de dichos bienes. Por lo tanto si una mercancía se entrega a mediados de este mes de junio y la factura se emite el día 2 de julio, el tipo será el 7 ó el 16% y no el vigente el día de emisión de la factura.

 – Cuando se transmita un bien con pacto de reserva de dominio o condición suspensiva, o mediante contrato de arrendamiento venta, el tipo aplicable será el vigente en la fecha de puesta a disposición del bien.

 – Cuando se hayan entregado bienes y, con posterioridad, por ejemplo por error o por defectos de la mercancía se rectifique la factura, dicha factura rectificativa tendrá el mismo tipo que se aplicó a la factura rectificada, aunque en la fecha de rectificación hay cambiado el tipo.

 – Si a final de 2010 se aplicara un descuento por volumen de operaciones realizadas en todo ese ejercicio, la factura rectificativa tendrá que aplicar proporcionalmente los distintos tipos vigentes en el año en proporción a las operaciones realizadas en el primer y segundo semestre.

 – En el supuesto de pagos anticipados, como es sabido, el impuesto se devenga cuando se realiza efectivamente el pago, por lo que el tipo aplicable será el vigente en ese momento. Si se anticipa una cantidad en el primer semestre de este año para una compra que se lleva a cabo en el segundo semestre, al anticipo se le aplicarán los tipos del 7 ó 16% y, en el momento de la entrega de los bienes se aplicará el 8 ó el 18%, pero sólo a la parte de base imponible pendiente de pagar, sin que haya que rectificar el tipo que llevó el anticipo. No obstante, para que no exista dicha rectificación del tipo aplicado al anticipo es preciso que, en el momento de satisfacerse el mismo, el bien o el servicio por el que se realiza estén perfectamente identificados.

 Arrendamientos, suministros y, en general, operaciones de tracto sucesivo o continuado

 – En éstas operaciones el devengo se produce en el momento en el que sea exigible la parte del precio que comprenda cada percepción. De acuerdo a este criterio de devengo, el tipo aplicable a un arrendamiento de local de los meses de junio y julio de este año, que se debe pagar el último día de julio, será el 18%, por ser éste el tipo vigente ese día. Sin embargo, si el alquiler de los dos meses se debe pagar el primer día del período de alquiler, 1 de junio, el tipo aplicable sería el 16%.

 Ejecuciones de obras pagadas con certificaciones

 – Si se certifica sin entrega de obra, el tipo aplicable será el vigente cuando se pague la certificación como en cualquier anticipo.

 – Si la certificación se realiza entregando total o parcialmente obra, se aplica el tipo vigente a fecha de entrega de la misma, salvo abono anticipado.

 Contratación administrativa

 – Los contratistas, como sabemos, al formular sus propuestas económicas, deben incluir el impuesto y no sólo el precio de la contrata. Pues bien, en casos en los que el contrato esté pendiente de ejecución a partir del 1 de julio de este año, cuando el impuesto se devengue después de dicha fecha, el ente público habrá de abonar al contratista el precio cierto del contrato, resultante de restar a la propuesta el tipo impositivo vigente cuando se formuló, más el impuesto en vigor a fecha de devengo, aunque esto suponga una cantidad superior a la propuesta formulada.

El IVA en los impagados

7 Jun

Artículo editado en Marcados, por Félix Bornstein

(pincha sobre la imagen para ver el artículo)

Código de Buenas Prácticas

6 Jun

 

Código de Buenas Prácticas.

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La mayoría de las empresas, dedicamos buena parte de nuestro tiempo a la comunicación con nuestros clientes. Esto hace recomendable que cada una de las personas que formamos parte de la compañía, tengamos un mismo código ético a la hora de tratar a nuestros interlocutores, lo que dará una imagen muy positiva y de confianza a nuestros clientes. A modo de ejemplo voy a presentar algunas ideas, para empresas de servicios:

  1. Educación y Comportamiento: Atender y relacionarse con el cliente de una forma cortés: Con respecto, amabilidad y cordialidad. Normalmente el cliente  no suele felicitarnos, siempre contacta con nosotros por alguna incidencia. Ello provoca que su estado de ánimo no sea el que habitualmente tiene, por lo que debemos ser nosotros los que nos pongamos en su lugar, entendiendo su queja, reclamación o malestar con cortesía.
  2. Forma en que Comunicamos: Debemos dejar hablar primero al cliente, ya que nos pone en conocimiento del problema, si es que existe. Nosotros somos quienes calmemos los ánimos en situaciones conflictivas y nunca debemos provocarlas. Expondremos la solución de los problemas de forma que el cliente lo entienda: De manera ordenada y lo menos técnica posible, siempre en función de los conocimientos de nuestro interlocutor.
  3. Urbanidad: Emplear un tono de voz respetuoso, ni altivo ni muy bajo, sino de apariencia tranquilizadora y afable. No injerir bebidas o comidas en el puesto de trabajo, ni en casa del cliente. No fumar ni masticar chicle. Debemos ser aseados y  cuidar nuestro aspecto. Mantener nuestro puesto de trabajo limpio y ordenado.
  4.  Jamás debemos incumplir la legalidad vigente en cualquier aspecto de la empresa.

Crisis:La receta de Aznar en Financial Times

1 Jun

La receta de Aznar en Financial Times: siete medidas para salir de la crisis

Publicado el 17-05-2010 , por Expansión.com

El ex presidente del Gobierno, José María Aznar (PP), propone hasta siete medidas para sacar a España de la crisis en un artículo publicado en el diario británico Financial Times.

1- La primera ha de ser, según Aznar, «una reforma a gran escala» de los convenios colectivos, de modo que se produzca una desregularización de las contrataciones, la bajada de los impuestos a los trabajadores y se aliente a los parados a ingresar en el mercado de trabajo.

2- Aznar defiende cambios en política energética, lo que pasa en su opinión por seguir apostando por la energía nuclear, desregularizar el mercado energético y dejar de subvencionar fuentes de energía renovables poco eficientes.

3- Propone una reforma del sistema bancario que autorice la inversión de capital privado en las cajas de ahorro.

4- Reformar la arquitectura del Estado para ahorrar costes, lo que implica, según él, reducir el tamaño de las administraciones regionales.

5- La reforma del sistema de pensiones para garantizar su viabilidad a medio y largo plazo.

6- Profundizar en la desregularización de ciertos mercados para aumentar la competencia. También propone fomentar las privatizaciones y que se reformen, aunque no especificó cómo, ciertos aspectos del sistema del bienestar.

7- Aznar recomendaba que se lleve a cabo una reforma fiscal para potenciar la competitividad de la economía.

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