Todas las empresas que hagan negocios con la administración pública – Ayuntamientos, Comunidades Autónomas o Ministerios – , deberán emitir sus facturas en formato electrónico.
¿Pero están preparadas las administraciones para recibir estos documentos?
En primer lugar, diremos que no todas las oficinas públicas cuentan con este tipo de herramientas, y los que disponen de ellas, no tienen porque ser compatibles. En el mercado coexisten distintas aplicaciones informáticas con formatos y criterios de firma diferentes. La administración no ha gestionado correctamente este tema y el caos va a ser generalizado.
Por otro lado podemos afirmar que las grandes compañías – Grandes superficies, El Corte Inglés, Multinacionales, etc. -, al no tener la obligatoriedad de adaptarse a un registro concreto, obligan a sus clientes a facturar en su propio diseño. Esto provoca en las pymes un coste elevado y sobre todo una desconfianza a contratar servicios o comprar software que solucione este problema, por la incertidumbre generada.
Pero la factura electrónica, aportará mucho valor a las empresas. Nos permitirá:
– Evitar errores en los envíos de facturas
– Disminuir espectacularmente los costes en el tratamiento de los documentos tanto emitidos como recibidos
– Asegurar que cada factura sólo pueda leerse por su destinatario
– E incluso contabilizar de forma automática el documento y el archivo del mismo(1)
Pero su implantación no está exenta de problemas:
– La ley no especifica claramente que los sistemas deban ser compatibles
– No se están cumpliendo los plazos para la puesta en marcha.
– No parece que exista un plan director que unifique las actuaciones en todas las administraciones públicas.
– Aunque la Agencia Tributaria acepta un único formato y lo recomienda como estándar para todas las empresas, no existe obligatoriedad, por lo que cada compañía exige el suyo propio a sus clientes.
La solución es muy fácil: Diseñar un registro estándar universal en el formato que la administración considere más conveniente. Así lo hizo hace más de 20 años la Asociación Española de Banca (AEB) a través del Consejo Superior Bancario que emitió el formato con sus normas 19, 34, 59 …etc. de manera que todo el que desea emitir recibos al cobro, descontar recibos, pagar a trabajadores o acreedores mediante cheque o transferencia, …etc, sólo tiene que adaptarse a dichas normas. Lo hizo también el sistema Red de la Tesorería de la Seguridad Social, y lo han hechos determinadas Consejerías de las Comunidades Autónomas con archivos de fincas agrarias para gestionar subvenciones y cultivos.
Señores del ejecutivo: ¡Pónganse las pilas de una vez y gestionen, por favor, gestionen y faciliten las cosas a los ciudadanos y empresas!
(1) osWinWeb 2.0 de IPGSoft sí lo permite.
Deja una respuesta